El seguro por enfermedad desgravará en el IRPF
Martes, 13.10.2015
Las primas de seguro de enfermedad serán consideras gastos deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), tras la aprobación del Senado de una enmienda transaccional de PP y CiU a los Presupuestos Generales del Estado (PGE).En el documento, al que ha tenido acceso Redacción Médica, se especifica
que a partir del 1 de enero de 2016 y con vigencia indefinida, las
primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la
parte correspondiente a su cobertura y a la de su cónyuge e hijos
menores de 25 años tendrán desgravación fiscal.
Esta modificación de la Ley 35/2006 afecta, principalmente, a los
trabajadores autónomos con discapacidad o con algún miembro de su
familia que la tenga, tal y como ha confirmado el Grupo Parlamentario
de CiU en la Cámara Alta a este periódico. No se refiere, por tanto, a
una de las viejas reclamaciones del sector sanitario privado (encabezado
por el IDIS) que reclama deducciones fiscales a aquellas personas que
tengan contratado un seguro de salud.
En ella se especifica que “el límite máximo de deducción será de 500
euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500
por cada una de ellas con discapacidad”.[...]